¿Se puede poner una cámara de vigilancia en la calle?

Jorge Montilla
Jorge Montilla

¿Quieres poner un sistema de vigilancia o de seguridad en tu vivienda?, ¿te preguntas si es legal instalar cámaras que capten lo que ocurre en la calle? Es una duda bastante común en determinadas circunstancias, por ejemplo, cuando están sucediendo acontecimientos que te inquietan o te hacen temer por la seguridad de tu familia. También si quieres poner un sistema de vigilancia por una simple cuestión de precaución personal.

En estos casos es habitual que sientas que tu protección es lo primero. Sin embargo, esto puede confrontar con los derechos de privacidad de otras personas o con las propias leyes. En este artículo te mostramos todos los detalles de lo que sí se puede grabar y lo que no, te desvelamos si realmente es posible poner una cámara hacia la calle.

¿Se pueden poner cámaras de videovigilancia en la calle?

Las empresas de seguridad suelen colocar las cámaras y dispositivos de vigilancia en el interior de las casas. Sin embargo, cuando se trata de una vivienda unifamiliar o de una comunidad que se desea vigilar con rigor, muchas personas se preguntan si también pueden colocarlas hacia la calle. De esta forma, se pretende hacer un ejercicio de prevención, antes de que un posible intruso acceda al interior de la propiedad privada.

No obstante, la ley tiene algo que decir al respecto de esto. Estipula que “La instalación de cámaras de videovigilancia en la calle corresponde única y exclusivamente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el cumplimiento de funciones de seguridad. Nunca a empresas de seguridad privada”. Por lo tanto, retira la posibilidad de realizar estas instalaciones a una compañía de alarmas privada o similar.

Una empresa que se pueda contratar a título privado para vigilar la vivienda, la segunda residencia e incluso el lugar de trabajo, solo podrá instalar sistemas de grabación en los espacios que son totalmente privados. No solo eso, sino que las cámaras tampoco podrán captar la vía pública desde dentro.

Como suele ocurrir con estas cosas, la ley deja abierta la posibilidad en algunas circunstancias concretas. Como norma general, solo son las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado las que tienen esta potestad, pero podemos encontrar ciertas situaciones que permiten grabar video y audio particularmente.

Las cámaras particulares que graban en la calle

Lo primero que se debe diferenciar es una instalación de una cámara de videovigilancia, de una cámara particular que lleva un individuo y que pone en funcionamiento en la vía pública. En estos casos, sí es posible grabar con excepciones. Puedes captar imágenes siempre que no salgan en ellas personas menores de edad o bien se ponga en peligro la privacidad de las personas involucradas.

Además, los detectives privados también pueden realizar grabaciones en la calle siempre que se encuentren dentro del marco de una investigación. Eso sí, nunca a título personal ni en espacios privados. Estos deben ser profesionales con licencia para ello, como los detectives de Doverty, empresa que ofrece este tipo de servicios.

¿Se pueden difundir estas imágenes en internet?

La realidad es que la difusión de las grabaciones con una cámara particular o un teléfono móvil que se captan en la calle no pueden ser difundidas sin que las personas ofrezcan su consentimiento. Pese a ello, sabemos que esto se quebranta muy a menudo.

No obstante, cuando se está grabando a una persona y simplemente salen los transeúntes de fondo, lo habitual es que no exista ningún problema. En cualquier caso, es importante saber que si estas personas se oponen activamente o solicitan la retirada de las imágenes habrá que respetar su voluntad. 

Hay ciertos casos especiales en los que sí es posible obtener imágenes con una cámara particular a terceras personas en la vía pública y exponerlas en internet e incluso en medios de comunicación: 

  • Imágenes que son de interés público e informativas.
  • Cuando los individuos grabados son cargos públicos que están ejerciendo sus funciones.
  • En casos en los que se busca una documentación informativa y las personas únicamente salen en la imagen, sin ser las protagonistas del objeto de la retransmisión.

Las excepciones en las cámaras de videovigilancia

Las excepciones también existen en las cámaras fijas que se disponen de cara a la vía pública para defender un espacio que es privado. No es lícito en las casas, pero sí en determinadas instalaciones como los garajes, los almacene o las zonas comunes de las comunidades de vecinos.

Son casos algo más complicados de gestionar, pues debe haber una proporción entre el trabajo de vigilancia y la privacidad de las personas. Esto significa que deben colocarse para una cuestión de seguridad siempre que sea estrictamente necesario y de forma equilibrada.

Las cámaras dispuestas en la vivienda que toman imágenes de la calle

Un caso controvertido es el de las cámaras de videovigilancia que están situadas en el interior de un domicilio privado y que, sin embargo, enfocan hacia la vía pública. En primera instancia no hay una norma concreta sobre lo que se puede grabar dentro de una casa, pues es un espacio particular. Lo único que está regulado es la instalación de estos dispositivos en los cuartos de baño por una cuestión de intimidad.

No obstante, se deben respetar determinadas normas a la hora de grabar a terceros:

  • Se debe informar de que es una zona vigilada por cámaras con carteles visibles que todas las personas puedan observar desde la vía pública.
  • Hay que llevar un registro de las actividades del tratamiento de imagen.
  • Garantizar que el acceso a este tipo de imágenes solo es viable para el responsable de tratarlas o el encargado de la vigilancia.
  • Ubicar las cámaras y el acceso a las imágenes en una zona restringida para los técnicos correctamente autorizados.
  • Seguir al pie de la letra los plazos para conservación y destrucción de las imágenes tomadas.